El calendario de días inhábiles es un documento que sirve para ceñirse a los plazos señalados en la tramitación de los procedimientos administrativos.
Se elabora con sujección al calendario laboral oficial, fijando en su respectivo ámbito (administración estatal, autonómica y local) los días inhábiles.
A efectos de plazos señalados en días, se entiende que son días hábiles todos, salvo los domingos y los declarados festivos. Es importante tener en cuenta que a partir de la entrada en vigor de la Ley 39/2015 (a partir del 2 de octubre de 2016) los sábados se consideran días inhábiles a efectos de cómputo de plazos.
Junto con los sábados y domingos declarados como días inhábiles, también son inhábiles en este Ayuntamiento por su carácter festivo las siguientes fechas para el año 2020:
FECHA | MOTIVO |
1 de enero | Año nuevo |
6 de enero | Epifanía del Señor |
19 de marzo | San José |
9 de abril | Jueves Santo |
10 de abril | Viernes Santo |
13 de abril | Lunes de Pascua |
1 de mayo | Fiesta del trabajo |
15 de agosto | Asunción de la Virgen |
12 de octubre | Fiesta Nacional de España |
3 de diciembre | San Francisco Javier |
7 de diciembre | día siguiente al Día de la constitución |
8 de dicembre | Inmaculada Concepción |
25 de diciembre | Natividad del Señor |